sábado, 29 de agosto de 2009

Los bienes de interés público y los recursos presupuestales

En la mejor literatura académica sobre los bienes de interés público se delimitan los elementos de la teoría normativa relativa a la intervención del Estado al tratar de asignar recursos escasos en un economía de concurrencia o sea en una economía donde el bien público colectivo se disfruta por todos los sujetos sin exclusión de esos beneficios a personas que no puedan pagar esos servicios (como el educativo, por ejemplo).

Los especialistas como Samuelson,Musgrave, Buchanan, Dupuit y otros, le otorgan una consideración especial para aquellos bienes públicos en los cuales la relación cantidad - calidad toma especial relevancia y es que al llegar el efecto de la congestión la consecuencia inmediata es la baja de la calidad del bien público ofertado. Y esto sólo se puede solucionar con dos acciones : (1) o se limita la demanda del bien ; (2) o se incrementa la oferta con más presupuesto público, asegurando la eficiencia de la asignación de recursos y ello supone que para incrementar el presupuesto a un bien público es necesario bajar el presupuesto para otros bienes sociales. Como no hay un pago por parte de los beneficiarios, entonces no se pueden manifestar las preferencias y entonces surge un mecanismo político de elección (un monopolio con discriminación).

Para Musgrave una teoría "práctica" de la Hacienda Pública depende de la Política Presupuestaria y Fiscal, para proporcionar los impuestos necesarios para financiar los bienes públicos, pero para que esto sea operativo es necesario que se puedan conocer las preferencias de los usuarios a través de algún mecanismo del voto democrático.

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